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Confirman designación de presidente interino de Tribunal de Campeche from Olivia Diaz's blog

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Por unanimidad, la Sala Superior del TEPJF aprobó confirmar el acuerdo del Tribunal Electoral del Estado de Campeche, mediante el cual se designó a Víctor Manuel Rivero Álvarez como magistrado...

Por unanimidad, la Sala Superior del TEPJF aprobó confirmar el acuerdo del Tribunal Electoral del Estado de Campeche, mediante el cual se designó a Víctor Manuel Rivero Álvarez como magistrado presidente por Ministerio de Ley.

En un comunicado, la autoridad electoral federal señaló que al resolver el recurso SUP-JDC-915/2017, promovido por el magistrado Carlos Huitz Gutiérrez, sus homólogos del alto tribunal calificaron como infundados los agravios relativos a que debió elegirse a quien presidiría dicho organismo local por dos años.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció que se trata de un caso extraordinario porque la exmagistrada presidenta del tribunal estatal no pudo concluir el plazo para el cual fue electa.

Ello, debido a que su nombramiento como magistrada terminó antes; “lo cual también provocó que el pleno no esté debidamente integrado al sólo haber dos magistrados electorales”.

De esa forma, la figura de un presidente interino o por Ministerio de Ley, es una manera correcta de solucionar el conflicto provocado por el término del nombramiento de su entonces presidenta, para de esa forma esperar a que el pleno esté debidamente integrado y que sean éstos quienes elijan a quien será el titular de ese órgano.

El TEPJF señaló que en este caso no era aplicable la exigencia de hacer la elección en sesión pública, “atendiendo a los principios de rotación, alternancia de género y no reelección, ya que esas reglas sólo son aplicables para el nombramiento ordinario y no cuando se hace por Ministerio de Ley”.

Durante la sesión pública se resolvieron 45 medios de impugnación: 18 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juicio de revisión constitucional electoral, ocho recursos de apelación, 15 recursos de reconsideración y dos recursos de revisión del procedimiento especial sancionador.


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